Colombia Da el Primer Paso para Regular Bitcoin

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Colombia Da el Primer Paso para Regular Bitcoin

hace 6 años
Colombia Da el Primer Paso para Regular Bitcoin

En el continente americano, el avance en materia de regulación de Bitcoin está todavía dando sus primeros pasos. México ha sido el primer país en emitir una Ley Fintech dedicada a regular las empresas que manejan Bitcoin. Colombia, comienza a perfilar una ley para que las instituciones que usan criptomonedas lo hagan de manera regulada; se busca crear un Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC).

Este registro será manejado por las Cámaras de Comercio de Colombia y funcionará como una base de datos en donde se darán de alta todas las empresas que manejan Bitcoin en Colombia que cumplan con los requerimientos de la ley.

Hoy, 4 de Abril del 2019 se ha publicado un Borrador con las especificaciones para regular a las Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (PIC). El objetivo de esta ley es definir en términos generales cómo deben de operar las empresas que ofrecen servicios de intercambio de Criptomonedas en Colombia.

Este documento es apenas un borrador, no se ha emitido una ley como tal, sino que las autoridades están trabajando en ello. El gobierno de Colombia solicita a la comunidad de Bitcoin que hagan comentarios y sugerencias sobre este borrador, buscando así integrar la voz de la gente en la creación de la ley.

Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC)

Las autoridades planean hacer un registro en donde estarán enlistados los Exchanges que cumplen con los requisitos establecidos por la ley, llamado Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC). Esto permitirá a cualquier persona verificar qué instituciones cumplen con la ley. Para que una Institución que Provee Servicios de Intercambio de Criptoactivos esté registrada en esta lista, debe de cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar domiciliada en territorio nacional.
  • Contemplar dentro de su objeto social el Intercambio de Criptoactivos.
  • Mantener un programa de seguridad informática que asegure que sus sistemas estarán disponibles y funcionales, que protegerán la información sensible de su uso no autorizado. Se debe de presentar un manual de operaciones con esta información ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, como se explica más adelante.
  • Llevar a cabo acciones para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
  • Reportar la información que la Unidad de Información y Análisis Financiero requiera.
  • Si hay exchanges extranjeros que buscan operar en Colombia, tendrán que cumplir con las obligaciones de la ley y presentar una dirección en donde se ha dado de alta la empresa.

Además, se establece en el Artículo 9º que los prestadores de servicios e intercambio de criptoactivos tienen prohibido manejar intereses y transferir recursos que son propiedad de los clientes. Los exchanges no pueden ofrecer a sus clientes rendimientos del dinero que acumulen y que esté bajo su custodia. Además tienen prohibido utilizar los recursos de los clientes sin su expresa autorización.

Seguridad

Al igual que los demás gobiernos que se han dado a la tarea de establecer leyes para Bitcoin, las autoridades colombianas están interesadas en evitar los riesgos que las criptomonedas implican. En el borrador en cuestión, se contempla exigir que las Instituciones tomen medidas preventivas frente al riesgo del lavado de dinero y la financiación al terrorismo a través de Bitcoin. Para esto va a intervenir la Autoridad de Inspección, Vigilancia y Control.

“Los prestadores de Servicios de Intercambio de Criptoactivos deben adoptar medidas para detectar y prevenir actividades delictivas”. Artículo 20º, p. 5.

Los Prestadores de Servicios de Intercambio de Criptoactivos deberán de garantizar la seguridad de los sistemas informáticos, tener controles de acceso seguros, proteger la privacidad de la información de sus usuarios y planear el rendimiento, entre otras actividades.

En el artículo 24º se establece que los prestadores de servicios tienen que presentar a las autoridades un manual actualizado en el que se especifiquen los procesos para verificar a sus clientes, aprobar los depósitos y retiros, dar atención a los clientes y el criterio bajo el cual se determinarán cuáles criptoactivos están disponibles y cuáles pertenecen a los usuarios.

El Congreso de La República Colombiana es el cuerpo gubernamental que estará trabajando en este proyecto, lidereado por el congresista Mauricio Toro. Además, se trabajará en colaboración con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, instancia encargada de proveer Inspección, Vigilancia y Control sobre los Prestadores de Servicios de Intercambio de Criptoactivos.

Se espera que las autoridades de Inspección, Vigilancia y Control trabajen en las disposiciones de carácter general que servirán como complemento de esta primera ley. Se planea dar un plazo de 6 meses a partir de que la ley entre en vigencia para emitir los complementos que darán sentido a la ley y que permitirán la creación del RUPIC.

Además, las instituciones tienen que prepararse, pues también tendrán un plazo de seis meses (a partir de que la ley entre en vigencia) para cumplir con los requerimientos de la ley. Esto se establece en el Artículo 30.  

El gobierno colombiano busca involucrar a la comunidad en la creación de esta ley, al igual que lo ha hecho el gobierno Canadiense y el Mexicano. Las autoridades están solicitando que el público en general envíe comentarios que sirvan de guía para la creación esta ley. Cualquier persona puede participar, y mientras más comentarios reciban las autoridades, más información tendrán para generar una regulación completa y benéfica para el ecosistema de Bitcoin. Envía tus comentarios a direccon@mauriciotoro.co antes del 8 de Abril, 2019.

Regular a las criptomonedas es un reto para los gobiernos del mundo, pues se trata de sistemas descentralizados e internacionales que fueron diseñados para evitar la intervención gubernamental. Sin embargo, también resulta necesario poner ciertos límites para que los fraudes dentro del criptoespacio sean cada vez menos. ¿Será la creación de leyes el camino adecuado para dar seguridad al ecosistema de Bitcoin? ¿Lograrán las autoridades regular y al mismo tiempo promover el desarrollo de nuevos proyectos?.

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